Institución: Instituto de Previsión Social
El trámite consiste en la extensión en el pago de la pensión de orfandad, es decir, la prolongación de la condición de pensionado de orfandad, por el hecho de cumplirse determinados requisitos y mientras esas condiciones se mantengan.
La interrupción, suspensión o congelación de los estudios respecto del hijo mayor de 18 años no hace perder el derecho a pensión y permite reponer el beneficio una vez que retoma los estudios.
El trámite se puede realizar durante todo el año.
Hijos a los que se les haya reconocido el derecho a pensión de orfandad, que cumplan con los siguientes requisitos:
No requiere presentar antecedentes previsionales o certificados civiles (de nacimiento, matrimonio o defunción), ya que el ejecutivo de ChileAtiende los obtiene interna y gratuitamente.
Mientras cursen estudios regulares.
No tiene costo.