Descripción
Permite a los contribuyentes realizar modificaciones al Servicio de Impuestos Internos (SII) relativas a la identificación, domicilio, sucursales, giros o actividades, aumentos o disminuciones de capital, cambios de razón social, entre otras, con la finalidad de mantener actualizados ante el SII los datos relacionados con su identificación y descripción de sus actividades.
En caso de avisos de cambios en el domicilio o sucursales, es posible efectuarlo mediante el uso de un timbre de goma con los datos actualizados.
Cuando se va a timbrar nuevamente los documentos deben considerar los datos correctos, preimpresos por imprenta.
En caso de cambio de razón social o de giro u otro tipo de modificación que signifique ajustar los documentos tributarios a los requisitos legales, los documentos timbrados y no usados se deben llevar al SII dentro del plazo que se le indica en el Formulario 3.239, normalmente se trata de un mes, para su destrucción.
El trámite está disponible durante todo el año.
Beneficiarios
Contribuyentes que desarrollan actividades por las que declararon Inicio de Actividades.
Documentos requeridos
Documentos generales sólo para trámite en oficina:
- Formulario de Modificación y Actualización de la información (F 3239).
- Cédula RUT de contribuyente (fotocopia y original).
- Cédula de Identidad de quien realiza el trámite (fotocopia y original).
- Poderes o mandatos. Si realiza el trámite, el representante del contribuyente debe presentar la escritura o documento que lo designa como tal. Si es otra persona (mandatario) debe presentar el Poder Notarial en que el contribuyente o su representante lo autorizan a realizar el trámite. Si es un representante quien otorga el poder, se debe presentar su Cédula de Identidad o una fotocopia ante Notario de la misma.
Documentos específicos para acreditar cambio de domicilio:
- Los contribuyentes afectos a impuestos de 2ª categoría (boletas de honorarios), personas naturales dedicadas al transporte de pasajeros y organismos del Estado, no deben presentar antecedentes para acreditar el domicilio o el de sus sucursales.
Contribuyentes afectos a impuestos de 1ª Categoría (actividades comerciales, industriales, mineras, de la construcción etc.), deberán señalar el rol de avalúo de la propiedad y presentar (según corresponda) algunos de los siguientes antecedentes:
Inmueble propio del contribuyente (o de alguno de los socios en caso de personas jurídicas):
Original del certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
- Original del certificado de avalúo a nombre del contribuyente.
- Original de Escritura de compra y venta u otro documento que demuestre la propiedad o usufructo (posesión efectiva, donación, etc.).
- Original de la factura de compra del inmueble, emitida por la empresa constructora o inmobiliaria que certifica haber vendido la propiedad a la persona.
- Carta firmada por el representante de la empresa constructora o inmobiliaria que certifica haber vendido la propiedad a la persona y que se encuentran en proceso de perfeccionamiento de los títulos definitivos.
Inmueble arrendado:
- Original del contrato de arriendo (a nombre del contribuyente o alguno de sus socios), firmado ante Notario.
- Contrato original en caso de leasing.
- Todos los contratos deben estar firmados por los propietarios o personas a quienes el propietario entregó el Poder, o corredores de propiedades que cuenten con órdenes o mandatos de los propietarios o representantes de empresas inmobiliarias o constructoras, demostrando -con el documento original- que son los representantes y representante de una comunidad o sucesión que demuestre ser tal (original).
Inmueble cedido bajo cualquier otro concepto:
- Autorización escrita ante Notario Oficial del Registro Civil (cuando no exista Notario), del propietario o arrendatario para realizar la actividad declarada. Acompañar el original (o fotocopia autorizada ante Notario) de la Cédula de Identidad de quien otorga la autorización.
- Si el cedente es arrendatario del inmueble, demostrar además la calidad de tal según lo señalado en el punto anterior (Inmueble arrendado)
Otros antecedentes específicos:
- Cambio o ampliación de giro: sólo es necesario indicar la nueva actividad que se desarrollará. Si el cambio o ampliación de giro obliga a tributar en 1ª categoría (afecto a IVA), se deberá además acreditar el domicilio.
- Apertura de Sucursal: se debe acreditar la nueva sucursal del mismo modo que para acreditar domicilio.
- Cierre Sucursal: especificar el cierre con formulario 3239.
- Cambio de Razón Social: presentar la escritura legalizada ante Notario e inscrita y publicada en el Diario Oficial, cuando se trate de sociedades anónimas o limitadas, en el documento debe constar la modificación de la Razón Social.
- Cambio de Representantes: presentar el documento legalizado en que la persona jurídica designa a los nuevos representantes.
- Los extranjeros que deseen ser representantes deben poseer RUT, Cédula de Identidad obtenida en Chile y una visa de residencia en el país (definitiva, sujeta a contrato, etc.).
- Disminución de Capital: no se deben presentar más antecedentes que los generales.
- Transformación, fusión, absorción o división de sociedades; aporte de todo activo y pasivo a otra sociedad: presentar los antecedentes señalados al reverso del formulario de Modificación y Actualización de la información (F 3239).
Cómo realizar el trámite
Via Online
- Ingrese al sitio Web del Servicio de Impuestos Internos (SII) y seleccione en el menú de Registro de Contribuyentes la opción Modificaciones y Avisos.
- Haga clic en la opción que desea utilizar: cambio de domicilio, cambio de email y/o teléfono móvil, modificación de sucursales.
- Ingrese su clave para operar online. Si no tiene su clave haga clic aquí. Si no recuerda su clave haga clic aquí.
- Actualice los datos y presione el botón Aceptar. Revise los datos que aparecen en pantalla y haga clic en Confirmar cambio.
- Como resultado del trámite aparecerá en pantalla el certificado de Recepción de Aviso de modificación, el que puede imprimir.
- En caso que no timbre documentos electrónicamente y haya modificado el domicilio y/o sucursales, coloque con timbre de goma la nueva dirección en los documentos autorizados y no usados que tenga (boletas, facturas, guías, etc).
- En caso que no timbre documentos electrónicamente y haya modificado la actividad o razón social de sociedades, destruya los documentos autorizados y no usados en el plazo que el SII le indique. Independiente del tipo de modificación, los nuevos documentos que se presenten a timbrar, deben llevar los nuevos datos preimpresos.
- El plazo es de 15 días hábiles siguientes a la fecha de la modificación o a contar de la fecha de inscripción en el Registro de Comercio, en los casos que sea pertinente.
Via Oficina
- Reúna los antecedentes mencionados en el campo Documentos requeridos.
- Diríjase a la unidad del SII correspondiente a su domicilio comercial, específicamente a la Sección Rut e Iniciación de Actividades.
- Entregue los antecedentes mencionados en el campo Documentos requeridos y siga las instrucciones del funcionario.
- Como resultado del trámite recibirá una copia del Formulario 3239, timbrado por el SII.
- En el caso de los documentos ya timbrados por el contribuyente y aún no usados, puede optar por dos alternativas: cambio de domicilio y apertura/cierre de sucursal: coloque los cambios efectuados mediante un timbre de goma en cada copia de los documentos. Cambio/ampliación de giro y cambio de razón social: debe destruir los documentos timbrados y no usados en el plazo que el SII le indique. En todos los casos, los nuevos documentos que se presenten a timbrar ante el SII deberán dar cuenta de estos cambios.
- El plazo es de 15 días hábiles siguientes a la fecha de la modificación o a contar de la fecha de inscripción en el Registro de Comercio, en los casos que sea pertinente.
Costo del trámite
No tiene costo.
Marco legal
Circular N°31, de 2007. Regula la forma de cumplir con las obligaciones de solicitar la inscripción en el registro de rol único tributario y de dar aviso de inicio de actividades.
Circular N° 14 de 1996. Impuesto Único de segunda categoría, amplia, complementa y modifica Circulares N°s. 4, 17, 19 y 20, de fechas 10.01.1995, 10.05.95, 11.05.95 y 11.05.95, respectivamente.
Circular N° 17 de 1995. Imparte nuevas instrucciones referentes a la actualización de la información.
Resolución Exenta N°55 de 2003. Deroga Res. Ex. N° 5791 de 20-11-1997 e Instruye Sobre Obligatoriedad de Dar Aviso de Cambios de la Información Comunicada al Servicio.
Circular N° 07 de 2008. Amplía Instrucciones Impartidas en Circ. N° 31, de 01.06.2007, Referente a la Forma de Demostrar la Constitución de Personas Jurídicas.
Circular N°53 de 2003. Instruye Sobre Fijación de Alguno de los Domicilios que Indica para Facilitar la Comunicación con los Contribuyentes que Señala.
Circular N°50 de 2003. Instruye Sobre Obligatoriedad de Dar Aviso de Cambio en la Participación de Capital y/o Utilidades de los Socios de una Sociedad.