Permite que automóviles, camionetas, motos y otros vehículos puedan circular por las calles del país en forma legal.
Fechas de pago:
- Desde el 1 de febrero hasta el 31 de marzo de 2013: automóviles particulares, motocicletas, furgones, ambulancias, carrozas fúnebres, automóviles de alquiler de lujo, de turismo o de servicios especiales, station wagons y camionetas. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, hasta 1.750 kilogramos de capacidad de carga, media unidad.
- Mayo de 2013: taxis y buses.
- Septiembre de 2013: vehículos de carga, motonetas, bicimotos, bicicletas con motor, tractocamiones, tractores agrícolas o industriales y máquinas automotrices. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, mayor a 1.750 kilogramos de capacidad de carga.
Valores:
Cada año, el Servicio de Impuestos Internos (SII) hace una tasación oficial de los automóviles, para determinar el valor de cada permiso.
- Consulte la tasación de vehículos livianos (2013).
- Consulte la tasación de vehículos pesados (2013).
Lugares de pago:
En la dirección de tránsito de cada municipalidad y en los centros habilitados por cada una de ellas para realizar el trámite.
Formas de pago:
- Efectivo.
- Tarjetas de crédito.
- Cheque al día.
- En dos cuotas: para automóviles, la primera (equivalente al 50%) se paga hasta el 31 de marzo. Este beneficio es efectivo sólo para quienes no tienen multas impagas.
Documentos requeridos (vehículos usados):
- Permiso de circulación anterior.
- Certificado de homologación (si corresponde) o revisión técnica vigente.
- Póliza del seguro automotriz obligatorio, que debe cubrir el período de vigencia del permiso de circulación.
- Tarjeta de dominio o padrón, según inscripción en el Servicio de Registro Civil.
Documentos requeridos (vehículos nuevos):
- Factura de compra (incluye la copia).
- Inscripción en el Servicio de Registro Civil.
- Certificado de homologación (si corresponde) y certificado de normas de homologación.
- Póliza de seguro automotriz obligatorio con vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente.
Los vehículos nuevos pagarán el permiso en forma proporcional a cada uno de los meses que faltan para completar el año.
Multas:
El permiso se puede obtener sólo si el vehículo no presenta multas de tránsito impagas. En caso contrario, debe cancelar en la tesorería municipal de la comuna donde le cursaron el parte o directamente en los centros habilitados para obtener el permiso de circulación.
Consulte multas de tránsito no pagadas.
Vehículos que no circulan durante el año:
Si el vehículo no ha circulado o no circulará durante todo el año, se debe pagar un derecho municipal e indicar el motivo en una declaración jurada simple.
El plazo vence el 30 de noviembre de cada año.
Si el permiso no se cancela:
El propietario puede quedar como moroso, se expone a intereses extras y a multas policiales (el vehículo puede ser retirado de cirulación si es sorprendido en la vía pública). Además, al momento de renovar la patente se aplicará una multa correspondiente al 1,5% del valor del permiso respectivo, que se calcula con al IPC.

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