Transferencias de armas de fuego
Información proporcionada por: Dirección General de Movilización Nacional (DGMN)
Descripción
Este procedimiento de la Dirección general de Movilización naciobal (DGMN) permite a una persona natural o jurídica vender o ceder su arma de fuego a otra.
Beneficiarios
A todas las personas naturales o jurídicas que tengan armas inscritas a su nombre y que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 18 años (se exceptúan los menores de edad que se encuentran registrados como deportistas).
- Tener cupo disponible para la inscripción del arma.
- Haber aprobado examen de conocimiento sobre conservación, mantenimiento y manejo de armas, entregado por la autoridad fiscalizadora al momento de inscribir el arma.
- No haber sido sancionado en procesos relacionados con la Ley Nº 19.325 (Violencia Intrafamiliar).
- No haberse dictado en su contra auto de apertura de juicio oral.
Documentos requeridos
- Certificado de antecedentes para fines especiales.
- Fotocopia de la cédula de identidad de quién inscriba el arma.
- Certificado médico otorgado por un psiquiatra.
- Declaración jurada simple para acreditar domicilio (solicitar y completar al momento de realizar el trámite en oficina).
- Original del padrón del arma del propietario (si lo tiene).
- Si el propietario del arma no se encuentra ubicable, deberá adjuntar una declaración jurada ante notario en que conste que el propietario del arma no ha sido ubicado y que el interesado se hará responsable del arma ante cualquier acción legal que pudiese interponer el dueño de ésta. (Art. 92 del Reglamento Complementario Ley Nº 17.798).
- En caso que el vendedor no pueda concurrir a realizar el trámite, podrá entregar un poder notarial para que otra persona lo represente.
Paso a paso: Cómo realizar el trámite
- Reúna los antecedentes mencionados en el campo Documentos Requeridos.
- Diríjase a las autoridades fiscalizadoras, a cargo de fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Control de Armas y Explosivos, ubicadas a lo largo del país. Las direcciones y teléfonos se encuentran publicadas en el sitio Web institucional de la Dirección General de Movilización Nacional. http://www.dgmn.cl/paso/CUADRO PAGINA WEB.doc
- A la persona que lo atienda, explíquele que necesita realizar una transferencia de un arma de fuego.
- Entregue los antecedentes requeridos y siga las instrucciones del funcionario.
- El resultado del trámite es el Padrón que certifica la inscripción del arma a su nuevo usuario.
En Oficina
- Reúna los antecedentes mencionados en el campo Documentos Requeridos.
- Diríjase a las autoridades fiscalizadoras, a cargo de fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Control de Armas y Explosivos, ubicadas a lo largo del país. Las direcciones y teléfonos se encuentran publicadas en el sitio Web institucional de la Dirección General de Movilización Nacional. http://www.dgmn.cl/paso/CUADRO PAGINA WEB.doc
- A la persona que lo atienda, explíquele que necesita realizar una transferencia de un arma de fuego.
- Entregue los antecedentes requeridos y siga las instrucciones del funcionario.
- El resultado del trámite es el Padrón que certifica la inscripción del arma a su nuevo usuario.
Tiempo de realización
Inmediato.
Vigencia del trámite
Cinco años.
Costo del trámite
El valor de los trámites se ajusta semestralmente y varía según los distintos adquirentes (particulares, comerciantes, deportistas etc.).Se encuentra detallado en el sitio Web institucional de la Dirección General de Movilización Nacional. http://www.dgmn.cl/armas/tasas_derecho.php
Información relacionada
- La persona debe solicitar una Guía de Libre Tránsito, para el traslado del arma al nuevo domicilio.
- Mayores antecedentes se pueden obtener en el Reglamento Complementario a la Ley, disponible en el sitio Web de la DGMN.
Marco legal
Ley N° 17.798 y su normativa complementaria.
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