Nuevo ChileAtiende
Autorización para interrumpir permanencia en el extranjero y acogerse a franquicias aduaneras
Información proporcionada por: Servicio Nacional de Aduanas
Descripción
Descripción:
Califica la interrupción de la permanencia en el extranjero, de chilenos que desean acogerse a las franquicias de las Partidas 0009 y 0033 de la Sección 0 del Arancel Aduanero.
En qué consiste:
Autorización concedida por el Servicio Nacional de Aduana, en los casos de interrupción del periodo de permanencia en el extranjero establecido por las leyes y reglamentos, para efectos de permitir a la persona interesada acceder a las franquicias de las Partidas 0009 y 0033 de la Sección 0 del Arancel Aduanero.
Beneficiarios
Chilenos y extranjeros que ingresan al país, en el caso de la Partida 0009, y chilenos que regresan definitivamente al país, en el caso de la Partida 0033. Deben cumplir los siguientes requisitos:
- Mayor de edad, en caso de solicitar los beneficios de la Partida 0033 del Arancel Aduanero.
- Retornar al país, después de haber residido en el extranjero a lo menos 1 año ininterrumpidamente (Partida 0033).
- No haber impetrado la franquicia anteriormente, salvo que a lo menos hayan transcurrido 3 años desde esa fecha.
- Las mercancías deben llegar consignadas a nombre del usuario (a).
- Las mercancías deben ingresar al país con el usuario (a), con anterioridad o en fecha posterior, dentro del plazo de 120 días desde la fecha en que el usuario retornó al país (Partida 0009).
- Fundamentar las razones por las cuales interrumpió su estadía en el extranjero.
Documentos requeridos
- Solicitud simple presentada ante la Aduana por la que ingresó al país la mercancía.
- Certificado de Viajes expedido por la Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional, dependiente de la Policía de Investigaciones (PDI), con antigüedad no mayor de 60 días.
- Mandato o Poder Notarial otorgado a un agente de aduana o a un tercero, según corresponda.
- Antecedentes que justifiquen la solicitud.
Paso a paso: Cómo realizar el trámite
En oficina, diríjase a la Aduana correspondiente al lugar de ingreso al país de la mercancía.
El resultado del trámite es la autorización para que los chilenos y extranjeros que ingresan puedan importar al país su menaje de casa, efectos personales y vehículo (chilenos que retornan), acogidos a una franquicia aduanera.
En Oficina
En oficina, diríjase a la Aduana correspondiente al lugar de ingreso al país de la mercancía.
El resultado del trámite es la autorización para que los chilenos y extranjeros que ingresan puedan importar al país su menaje de casa, efectos personales y vehículo (chilenos que retornan), acogidos a una franquicia aduanera.
Tiempo de realización
10 días.
Costo del trámite
No tiene costo.
| ¿Qué eres? | |
![]() Persona |
![]() Empresa u Organización |
Contacto
Ayuda
Escuchar



