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Autorización para interrumpir permanencia en el extranjero y acogerse a franquicias aduaneras

Información proporcionada por: Servicio Nacional de Aduanas

Cómo realizar este trámite
 

Descripción

Descripción:

Califica la interrupción de la permanencia en el extranjero, de chilenos que desean acogerse a las franquicias de las Partidas 0009 y 0033 de la Sección 0 del Arancel Aduanero.

En qué consiste:

Autorización concedida por el Servicio Nacional de Aduana, en los casos de interrupción del periodo de permanencia en el extranjero establecido por las leyes y reglamentos, para efectos de permitir a la persona interesada acceder a las franquicias de las Partidas 0009 y 0033 de la Sección 0 del Arancel Aduanero.


Beneficiarios

Chilenos y extranjeros que ingresan al país, en el caso de la Partida 0009, y chilenos que regresan definitivamente al país, en el caso de la Partida 0033. Deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Mayor de edad, en caso de solicitar los beneficios de la Partida 0033 del Arancel Aduanero.
  • Retornar al país, después de haber residido en el extranjero a lo menos 1 año ininterrumpidamente (Partida 0033).
  • No haber impetrado la franquicia anteriormente, salvo que a lo menos hayan transcurrido 3 años desde esa fecha.
  • Las mercancías deben llegar consignadas a nombre del usuario (a).
  • Las mercancías deben ingresar al país con el usuario (a), con anterioridad o en fecha posterior, dentro del plazo de 120 días desde la fecha en que el usuario retornó al país (Partida 0009).
  • Fundamentar las razones por las cuales interrumpió su estadía en el extranjero.

Documentos requeridos

  • Solicitud simple presentada ante la Aduana por la que ingresó al país la mercancía.
  • Certificado de Viajes expedido por la Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional, dependiente de la Policía de Investigaciones (PDI), con antigüedad no mayor de 60 días.
  • Mandato o Poder Notarial otorgado a un agente de aduana o a un tercero, según corresponda.
  • Antecedentes que justifiquen la solicitud.

Paso a paso: Cómo realizar el trámite

En oficina, diríjase a la Aduana correspondiente al lugar de ingreso al país de la mercancía.

El resultado del trámite es la autorización para que los chilenos y extranjeros que ingresan puedan importar al país su menaje de casa, efectos personales y vehículo (chilenos que retornan), acogidos a una franquicia aduanera.

En Oficina

En oficina, diríjase a la Aduana correspondiente al lugar de ingreso al país de la mercancía.

El resultado del trámite es la autorización para que los chilenos y extranjeros que ingresan puedan importar al país su menaje de casa, efectos personales y vehículo (chilenos que retornan), acogidos a una franquicia aduanera.

  • Tiempo de realización

    10 días.

  • Costo del trámite

    No tiene costo.

Autorización para interrumpir permanencia en el extranjero y acogerse a franquicias aduaneras

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