Aprobación de planes de ahorro previsional voluntario de corredores de bolsa y agentes de valores
Información proporcionada por: Superintendencia de Valores y Seguros (SVS)
Descripción
Una vez recibida la solicitud, se revisan los antecedentes y posteriormente se autorizan los planes de ahorro previsional voluntario para corredores de bolsa y agentes de valores.
En caso de ser aprobado se emite una Resolución Exenta.
Beneficiarios
Corredores de bolsa y agentes de valores que cumplan con los requisitos de:
Los del título VI de la Ley N° 18.045, de la Circular N° 1.898, Norma de Carácter General N° 226 y Norma de Carácter General N° 227
Documentos requeridos
Completar el Formulario N°1, uno por cada agente que requiera pagar por la inscripción.
Paso a paso: Cómo realizar el trámite
- En internet vaya al sitio www.svs.cl , donde está disponible el Formulario N°1.
- El resultado del trámite es la Resolución Exenta que aprueba los planes de ahorro previsional voluntario.
- Para efectuar cualquier trámite (tales como inscripciones en los Registros que mantiene la SVS, aprobaciones y autorizaciones de existencia, reglamentos internos, contratos o pólizas de seguros, modificaciones o anotaciones), se deberá utilizar el Formulario Nº1, el cual será el único medio para efectuar la solicitud correspondiente. Dicho formulario deberá presentarse personalmente o enviarlo por carta, junto con los antecedentes que corresponda, en la Oficina de Partes de la SVS, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, primer piso, Santiago, y el horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.
- El resultado del trámite es la Resolución Exenta que aprueba los planes de ahorro previsional voluntario.
- Se deberá utilizar el Formulario Nº1, el cual será el único medio para efectuar la solicitud correspondiente. Dicho formulario deberá presentarse personalmente o enviarlo por carta, junto con los antecedentes que corresponda, en la Oficina de Partes de la SVS, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, primer piso, Santiago, y el horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.
En Línea
- En internet vaya al sitio www.svs.cl , donde está disponible el Formulario N°1.
- El resultado del trámite es la Resolución Exenta que aprueba los planes de ahorro previsional voluntario.
En Oficina
- Para efectuar cualquier trámite (tales como inscripciones en los Registros que mantiene la SVS, aprobaciones y autorizaciones de existencia, reglamentos internos, contratos o pólizas de seguros, modificaciones o anotaciones), se deberá utilizar el Formulario Nº1, el cual será el único medio para efectuar la solicitud correspondiente. Dicho formulario deberá presentarse personalmente o enviarlo por carta, junto con los antecedentes que corresponda, en la Oficina de Partes de la SVS, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, primer piso, Santiago, y el horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.
- El resultado del trámite es la Resolución Exenta que aprueba los planes de ahorro previsional voluntario.
Por Correo
- Se deberá utilizar el Formulario Nº1, el cual será el único medio para efectuar la solicitud correspondiente. Dicho formulario deberá presentarse personalmente o enviarlo por carta, junto con los antecedentes que corresponda, en la Oficina de Partes de la SVS, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, primer piso, Santiago, y el horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.
Tiempo de realización
Costo del trámite
6 UF.
Marco legal
Título VI de la Ley N° 18.045, de la Circular N° 1.898, Norma de Carácter General N° 226 y Norma de Carácter General N° 227
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