Aprobación programa de enseñanza de Escuelas de Conductores No Profesionales o Clase B

Información proporcionada por: Subsecretaría de Transportes

Cómo realizar este trámite
 

Descripción

Descripción:

Esta certificación es la base para solicitar al municipio la autorización para instalar una Escuela de Conductores.

En que consiste:

Previo a la autorización de una Escuela de Conductores por parte del municipio, se requiere la aprobación del programa de enseñanza, la cual es otorgada a través de una resolución exenta por la Seremi de Transporte.

Esta aprobación también es la base para solicitar al municipio la autorización de la sede de la Escuela.


Beneficiarios

Personas naturales o jurídicas que desean instalar una Escuela de conductores clase B, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que Exista un propietario de la Escuela.
  • Que exista un director de la Escuela, que puede ser el propietario.
  • Contar con al menos un instructor teóricos y dos instructores prácticos en conducción.
  • Contar al menos con dos vehículos tipo automóvil doble comando.
  • Contar con dos salas independientes entre si y una sala de recepción.
  • Contar con el equipamiento indicado en el Artículo 9 del DS 39/85.
  • Contar con los instrumentos indicados en el Artículo 9 letra F del DS 39/85 .

Documentos requeridos

  • Programa de enseñanza en 3 copias anilladas y mecanografiadas y firmadas por el Director de la Escuela.
  • Documentos del Propietario
    • Cédula de Identidad
    • Certificado de Antecedentes
    • Hoja de vida de Conductor
  • Documentos Director
    • Cédula de Identidad
    • Certificado de Antecedentes
    • Hoja de vida de Conductor
    • Tarjeta de INIVIP
    • Aprobación de curso para ejercer las funciones de instructor teórico de tránsito en los términos del mencionado decreto.
  • Documentos de Instructor Teórico de Conducción:
    • Certificado de Antecedentes
    • Acreditar 4º año de enseñanza media
    • Acreditar la aprobación de algún curso de capacitación en materia de tránsito y mecánica.
  • Documentos de Instructor Práctico de Conducción:
    • Certificado de Antecedentes
    • Acreditar 4º año de enseñanza media
    • Acreditar la aprobación de algún curso de capacitación en materia de tránsito y mecánica.
    • Fotocopia de licencia de conducir que acredite estar en posesión de licencia Clase B, de una antiguedad no inferior a siete años.
  • Documentos de vehículos:
    • Los generales exigidos en la Ley del Tránsito: permiso de circulación, certificado de revisión técnica, seguro obligatorio, certificado de emisiones contaminantes.
    • Poliza de Seguros de UF 1000 por cada vehículo
    • Certificado de Anotaciones Vigente del vehículo o contrato de arrendamiento por leasing.
  • Documentos de la Sede o Local
    • Modalidad de tenencia de la Sede o Local: Contrato de arrendamiento o escritura de dominio.
  • Documentos de Equipamiento:
    • Declaración Jurada Notarial, que detalle la existencia del equipamiento indicado en el artículo 9 del DS 39/85.
    • Modalidad de tenencia de los instrumentos indicados en el Artículo 9 Letra F del DS 39/85.
  • Documentos municipales:
    • Certificado Municipal que exprese que en principio no tiene inconvenientes en que la Escuela opere en su comuna.
    • Pre aprobación del circuito práctico de conducción y carta suscrita por el Director de Tránsito de la Municipalidad donde se ubica la sede de la Escuela, en la cual se indique que no existen inconvenientes de que la Escuela se instale en la comuna.

Paso a paso: Cómo realizar el trámite

En Oficina

  • Tiempo de realización

    20 días es el plazo legal.

  • Información relacionada

    • Los plazos establecidos de tiempos de respuesta corresponden a dias hábiles
    • La validez del trámite es indefinida, no obstante esta puede revocarse a solicitud del propietario de la Escuela o iniciativa de la SeremiTT
    • En caso de que la solicitud presente fotocopias estas deben ser autenticadas ante Notario Público.
    • Cada vez que la Escuela desee abrir una nueva sede o cambiar de domicilio y/o Director, deberá informar dicho cambio a la SeremiTT y solicitar se modifique la resolución de aprobación del programa de enseñanza.
Aprobación programa de enseñanza de Escuelas de Conductores No Profesionales o Clase B

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