Declaración de ferias o exposiciones oficiales o internacionales
Información proporcionada por: Subsecretaría de Hacienda
Descripción
Descripción:
Reconoce la relevancia de un evento por parte de la autoridad, considerándolo importante para las actividades industriales, culturales o comerciales del país.
En qué consiste:
La declaración de Feria o Exposición Oficial (o con patrocinio del Gobierno), consiste en el reconocimiento de un evento por parte de la autoridad considerándolo relevante para las actividades comerciales, industriales, culturales o de otra índole que sean importantes para el país.
Permite que las entradas para visitar la Feria o Exposición estén liberadas del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
En tanto, la declaración de Feria o Exposición Internacional, consiste en el reconocimiento por parte de la autoridad de la importancia para las actividades comerciales, industriales culturales o de otro tipo que significa para el país la realización de una Feria o Exposición en la que se exhiban mercancías extranjeras o que cuente con la participación de expositores provenientes del extranjero.
Permite que las mercancías extranjeras, destinadas a ser exhibidas, entren al país con un régimen de admisión temporal; esto es, sin pagar derechos de aduana e IVA por su ingreso. Dichos impuestos deben ser pagados en caso de que las mercancías sean vendidas durante el desarrollo de la muestra.
Las mercancías extranjeras, por estar afectas a un régimen de admisión temporal, cuya duración dependerá del período que dure la muestra, deben permanecer todo el tiempo en el recinto donde serán exhibidas, el cual debe ser individualizado y delimitado, quedando sujetas a la fiscalización del Servicio Nacional de Aduanas.
Beneficiarios
Entidades gremiales o personas jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
- Para la declaración de Feria o Exposición Oficial o con el Patrocinio del Gobierno: Ser una entidad gremial.
- Para la declaración de Feria o Exposición Internacional:Debe tratarse de una persona jurídica.
- Para la declaración de Feria o Exposición Oficial, Internacional o con el Patrocinio del Gobierno: Ser una entidad gremial.
Documentos requeridos
Para entidades gremiales:
- Solicitud enviada al Ministro de Hacienda, requiriendo la declaración de Oficial o el patrocinio del Gobierno para la feria o exposición en particular, indicando:
- El nombre de la feria o exposición.
- La entidad gremial que organiza la muestra.
- El objetivo de la feria o exposición.
- Las entidades expositoras.
- Las fechas y el lugar en que se llevará a cabo el evento.
- Copia autorizada de los estatutos.
- Certificado de vigencia (lo otorga el Ministerio de Justicia).
- Copia simple del RUT.
Para personas jurídicas:
- Solicitud enviada al Ministro de Hacienda, requiriendo la declaración de Internacional para la Feria o Exposición en particular, indicando:
- El nombre de la feria o exposición.
- La persona jurídica que organiza la muestra.
- El objetivo de la feria o exposición.
- Los expositores extranjeros o el origen de las mercancías extranjeras.
- El recinto donde se llevará a efecto la muestra, con indicación de sus deslindes.
- Copia autorizada de los estatutos.
- Certificado de vigencia de los estatutos.
- Copia simple del RUT.
Paso a paso: Cómo realizar el trámite
- En oficina, la solicitud y sus antecedentes deben presentarse en la Oficina de Partes del Ministerio de Hacienda, ubicada en Teatinos N°120, piso 1, Santiago. El horario de atención es de lunes a jueves de 08:30 a las 14:00 horas y viernes desde 08:30 a 14:00 horas.
- En regiones, en las Secretarías Regionales de Hacienda, desde donde remiten las solicitudes al Ministerio. Las direcciones de las oficinas son las siguientes:
-
- Arica y Parinacota: Avda. Gral. Velásquez 1775, Intendencia Regional
- Tarapacá: Serrano 145 - Piso 12, Of. 1201, Iquique - Edif. Econorte
- Antofagasta: Prat Nº 384 - Piso 5º
- Atacama: Los Carrera 645. Edificio Pedro León Gallo, Copiapó
- Coquimbo: Arturo Prat 350, Piso 2, La Serena
- Valparaíso: Melgarejo 669 - Piso 19, Valparaíso
- Lib. Bdo. O'Higgins:
- Maule: Uno Oriente 895, Talca.
- Bío Bío: Avda. Padre A. Hurtado N° 426 - Of. 112.
- La Araucanía: Aldunate 620 oficina 605 Edificio Inversur - Temuco
- Aysén: Plaza Nº 485 - 1º Piso
- Magallanes y Antártida Roca 973 - 2° Piso, Punta Arenas.
- El resultado del trámite es el Decreto del Ministerio de Hacienda, exento del trámite de Toma de Razón, que declara un evento como:
- Feria o Exposición Oficial o con Patrocinio del Gobierno.
- Feria o Exposición Internacional.
- Feria o Exposición Oficial, Internacional o con el Patrocinio del Gobierno.
- Para más información llame a los teléfonos: (56- 02) 828 2093 ó (56 02) 828 2095, del Departamento Financiero del Ministerio de Hacienda.
En Oficina
- En oficina, la solicitud y sus antecedentes deben presentarse en la Oficina de Partes del Ministerio de Hacienda, ubicada en Teatinos N°120, piso 1, Santiago. El horario de atención es de lunes a jueves de 08:30 a las 14:00 horas y viernes desde 08:30 a 14:00 horas.
- En regiones, en las Secretarías Regionales de Hacienda, desde donde remiten las solicitudes al Ministerio. Las direcciones de las oficinas son las siguientes:
-
- Arica y Parinacota: Avda. Gral. Velásquez 1775, Intendencia Regional
- Tarapacá: Serrano 145 - Piso 12, Of. 1201, Iquique - Edif. Econorte
- Antofagasta: Prat Nº 384 - Piso 5º
- Atacama: Los Carrera 645. Edificio Pedro León Gallo, Copiapó
- Coquimbo: Arturo Prat 350, Piso 2, La Serena
- Valparaíso: Melgarejo 669 - Piso 19, Valparaíso
- Lib. Bdo. O'Higgins:
- Maule: Uno Oriente 895, Talca.
- Bío Bío: Avda. Padre A. Hurtado N° 426 - Of. 112.
- La Araucanía: Aldunate 620 oficina 605 Edificio Inversur - Temuco
- Aysén: Plaza Nº 485 - 1º Piso
- Magallanes y Antártida Roca 973 - 2° Piso, Punta Arenas.
- El resultado del trámite es el Decreto del Ministerio de Hacienda, exento del trámite de Toma de Razón, que declara un evento como:
- Feria o Exposición Oficial o con Patrocinio del Gobierno.
- Feria o Exposición Internacional.
- Feria o Exposición Oficial, Internacional o con el Patrocinio del Gobierno.
Por Teléfono
- Para más información llame a los teléfonos: (56- 02) 828 2093 ó (56 02) 828 2095, del Departamento Financiero del Ministerio de Hacienda.
Tiempo de realización
10 días hábiles apróximadamente.
Vigencia del trámite
Permanente.
Costo del trámite
La tramitación no tiene costo, pero el interesado debe pagar la correspondiente publicación en el Diario Oficial del Decreto que declara la Feria o Exposición Oficial, Internacional o le otorga ambas calidades.
Información relacionada
- El plazo indicado no incluye el tiempo de espera para la publicación del Decreto en el Diario Oficial.
- Con la publicación del Decreto en el Diario Oficial, la entidad organizadora de la Feria o Exposición, puede realizar los procedimientos en el Servicio de Impuestos Internos para la exención del IVA a las entradas o en el Servicio Nacional de Aduanas, para solicitar la admisión temporal de las mercancías. Este último procedimiento se lleva a efecto mediante un Agente de Aduanas, cuyo contrato es de carácter reservado entre las partes.
Marco legal
Decreto 159 de 24 de abril de 1979 que aprueba reglamento para mercancías extranjeras que se exhiban en Ferias internacionales que se efectúen en el país.
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