Asesoría judicial gratuita para solicitar la patria potestad de un hijo o hija

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Descripción

Permite solicitar orientación y asesoría jurídica ante la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) para obtener la patria potestad de un hijo o hija. 

La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o a la madre sobre los bienes de sus hijos e hijas que no están emancipados, o sea, de aquellos que no están liberados de un grado de subordinación o dependencia con relación a sus padres. También se ejerce sobre los derechos eventuales del hijo o hija que está por nacer. 

El trámite está disponible durante todo el año en las oficinas de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ).

Padres o madres de hijos e hijas menores de edad que requieren solicitar la patria potestad y no tienen los recursos económicos para contratar un abogado o abogada particular, lo cual será evaluado jurídicamente por parte los y las profesionales de la CAJ.

Para el patrocinio o firma de abogado o abogada y tramitación de juicio, pueden acceder aquellas personas que cumplan con los criterios socioeconómicos o pertenezcan a grupos definidos como vulnerables.

Obtenga más información.

Los derechos y obligaciones que contiene la patria potestad son:

  • Derecho legal de goce sobre todos los bienes del hijo o hija.
  • Derecho de administración sobre los mismos.
  • Representación legal del hijo o hija no emancipado o emancipada. 

La patria potestad será ejercida por el padre o la madre o ambos conjuntamente, según convengan en acuerdo suscrito por escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil, que se subscribirá al margen de la inscripción de nacimiento del hijo o hija dentro de los treinta días siguientes a su otorgamiento. 

A falta de acuerdo, serán el padre y la madre, en conjunto, los titulares del ejercicio de la patria potestad. 

En todo el caso, cuando el interés del hijo o hija lo haga indispensable, a petición de uno de los padres, el juez o la jueza podrá confiar el ejercicio de la patria potestad al padre o la madre que carecía de él, o radicarlo en uno solo de los padres, si la ejercieren conjuntamente. Efectuada la resolución, se subinscribirá dentro del plazo de 30 días. 

Si los padres viven separados, la patria potestad será ejercida por aquel que tenga a su cargo el cuidado personal del hijo o hija, o sea, el padre, la madre o ambos en forma compartida.

  • Cédula de Identidad de la parte demandante.
  • Certificados de nacimiento.
  • Certificados de defunción, caso de que alguno de los padres haya fallecido.
  • Copias de inscripción de dominio de inmueble de propiedad del niño, niña o adolescente. 
  • Certificados de avalúo fiscal de inmueble de propiedad del niño, niña o adolescente.
  • Copias de la inscripción de dominio.
  • Tasación de los bienes inmuebles o muebles de valor de propiedad del niño, niña o adolescente. 
  • Copia de sentencia, en el caso que el solicitante tenga el cuidado personal del niño, niña o adolescente, o sentencia de medida de protección, si hubiese.
  • Certificados médicos pertinentes. 
  • Nombre, domicilio, profesión u oficio del demandado, si lo hubiere. 
  • ClaveÚnica (necesaria para hacer el seguimiento del estado de la causa en el sistema en línea del Poder Judicial).

La asesoría y defensa por parte del abogado o abogada especialista en la materia se desarrollará durante toda la tramitación del juicio.

- Instrucciones Trámite en línea
- Instrucciones Trámite en Sucursal
  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la Corporación de Asistencia Judicial correspondiente a su región: 
    • CAJ de Tarapacá (con competencia en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta).
    • CAJ de Valparaíso (con competencia en las regiones de Atacama, Coquimbo y Valparaíso).
    • CAJ Metropolitana (con competencia sobre las regiones de Metropolitana, O'Higgins, Maule y Magallanes). En este caso, puede solicitar asesoría e información a través del sitio web o solicitar una hora de atención.
    • CAJ del Biobío (con competencia sobre las regiones del Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Aysén).
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar asesoría para obtener la patria potestad de un hijo o hija.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la asesoría. Si cumple con los requisitos de calificación, se le asignará un abogado o abogada especialista en materia de derecho de familia.
- Instrucciones contacto telefónico
- Instrucciones trámite por Email
- Instrucciones trámite en el Consulado

Para orientación e información, la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) entrega el servicio de forma gratuita a todas las personas naturales.

Para el patrocinio o la firma de un abogado o una abogada y la tramitación de un juicio, la CAJ proporciona el apoyo de forma gratuita a personas de escasos recursos que no cuenten con los medios suficientes para costearlos. Para ello, se realiza una evaluación socioeconómica por intermedio de un o una asistente social, quien determinará si puede ser representado o representada judicialmente por un o una profesional de la CAJ.

Obtenga más información.

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Llámanos al 101

Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.

Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite

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